La salud femenina va más allá de la salud sexual y reproductiva:Elementos de equidad de género en salud

Blog: Por el Centro de Pensamiento Medicamentos, Información y Poder de la Universidad Nacional.

La lucha por los derechos de las mujeres ha sido un camino largo, y aunque con avances, ha resultado intenso, con obstáculos y desvíos. Una enorme proporción de mujeres alrededor del mundo aún sufren desigualdad y discriminación. Las tasas de feminicidio, violencia, abuso y trato desigual van en incremento, acompañados por imaginarios sociales y culturales tradicionales que niegan oportunidades de acceso a la salud, educación, generación de ingresos y ejercicio de su autonomía en sus hogares, trabajos y comunidades.

Colombia no es la excepción a esta regla. En el país la mitad de las mujeres en edad de trabajar están fuera de la fuerza laboral y cuando se incorporan lo hacen en condiciones de desventaja, segregación e informalidad.  Las mujeres tienen una participación del 90 % en actividades asociadas a la economía del cuidado frente a un 62 % de los hombres, y destinan más del doble del tiempo que estos al cuidado de personas y oficios del hogar, afectando las posibilidades de las mujeres de insertarse al mercado laboral. Esta situación es aún peor para las mujeres rurales, quienes son las que dedican más tiempo al trabajo doméstico y de cuidado que no es remunerado en el país. Además, en un contexto marcado por el conflicto, las mujeres y las niñas experimentan una violencia que refleja la desigualdad y la discriminación. Durante el periodo de 1995 a 2011, más de 2.7 millones de mujeres (6% de la población total) fueron desplazadas internamente en nuestro país y el 15.8% de ellas ha sufrido violencia sexual, solo en el 2022 se registraron 614 casos de feminicidio y 47.771 casos de violencia intrafamiliar con víctimas femeninas.

En materia de equidad en salud, el abordaje de política pública nacional para las mujeres se ha centrado tradicionalmente en el ámbito reproductivo, tal y como lo diagnosticó el Conpes 4080 de 2022. En este sentido, en el país los esfuerzos se han concentrado en promover el acceso a métodos anticonceptivos, procedimientos de planificación familiar e interrupción voluntaria del embarazo, sin que se haya logrado el acceso universal a estos servicios para las mujeres, especialmente para las más afectadas por la discriminación y la desigualdad En muchos de los análisis de la salud no se ha tenido en cuenta de manera diferenciada todos los factores de enfermedad, mortalidad y condiciones de bienestar que afectan a las mujeres. De hecho, hay tres grandes problemáticas que son importantes causas de enfermedad y muerte, y a menudo pasan desapercibidas: las enfermedades cardio-cerebrovasculares, los trastornos y problemas mentales (con mayor prevalencia en mujeres) y la mortalidad materna, especialmente en áreas rurales.

La perspectiva del actual Gobierno Nacional mantiene esta priorización y profundiza en temas importantes , como por ejemplo, – la expedición de la Resolución 051 de 2023 en la que se adopta la regulación única para la atención integral en salud frente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, Ala actualización de la política integral de derechos sexuales, la prevención del embarazo en la adolescencia, la eliminación de embarazos en la infancia y el matrimonio infantil, la educación integral para la sexualidad, la gestión menstrual y el acceso a anticonceptivos.

En las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 también se apostó por formular una política de salud para las mujeres que garantice el goce pleno de sus derechos de tal manera que las acciones estén basadas en el bienestar y no solamente en la enfermedad. En este sentido, en el diagnóstico se deben tener en cuenta los determinantes sociales de la salud, haciendo énfasis en el diagnóstico oportuno y el tratamiento temprano de enfermedades que afectan principalmente a las mujeres. Además, se deben abarcar otros aspectos como la salud mental, laboral, nutricional, ambiental y sus situaciones ante las emergencias y desastres.

El Proyecto de Ley 339 (ver: contenido aprobado en primer debate) incluye dentro de los determinantes sociales los enfoques diferenciales basados en la perspectiva de género, y promueve la participación de las mujeres en algunas instancias para la toma de decisiones del manejo del sistema salud. Sin embargo, la iniciativa gubernamental se queda corta y desaprovecha la oportunidad de incorporar y articular otros elementos de la perspectiva de género al Sistema de Salud, que son esenciales para garantizar el ejercicio pleno del derecho a la salud de las mujeres y la población LGBTIQ+ en Colombia, a pesar de los esfuerzos adoptados en la materia en otras políticas gubernamentales como: 

1. El Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023):

● El artículo 848 del PND reconoce economía del cuidado no remunerado como actividad productiva en el sector rural.

● El artículo 1169 incorpora mecanismos para la prevención y atención integral de violencias y actos de discriminación a la población LGBTIQ+.

● El artículo 34310 crea el Sistema Nacional de Registro, Atención, Seguimiento y Monitoreo de las Violencias Basadas en Género -VBG.

● El artículo 344 declara la emergencia por violencia de género y para conjurar esta situación propone, entre otras medidas: (i) crear cuerpos especializados en violencias basadas en género en las Fuerzas Militares y de Policía; (ii) capacitar a funcionarios judiciales y entidades relevantes en atención a mujeres víctimas de violencia con enfoque de género; (iii) priorizar presupuestos y recursos para prevenir, atender e investigar las violencias contra las mujeres, fortaleciendo programas de asistencia técnica y salud mental; (iv) diseñar y activar rutas y protocolos de atención para víctimas, independientemente de la denuncia; y (v) establecer unidades de atención primaria de salud mental y programas de promoción y prevención con enfoque de género e interseccional para mujeres víctimas de violencias basadas en género.

2. El proyecto de Resolución que adopta los lineamientos para la transversalización del enfoque de género para el cierre de brechas por razones de sexo, género, identidad de género y orientación sexual en el sector salud y orienta técnicamente a las Secretarías o direcciones territoriales de salud, y Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) en su aplicación. Sin embargo, la Resolución aún está en borrador y requiere de mayor análisis para determinar su alcance e implementación.

En este sentido, es indispensable que el Gobierno Nacional amplíe su comprensión de la equidad de género en salud, reconociendo que ésta debe estar enfocada en garantizar el desarrollo pleno de las mujeres y la población LGBTIQ+ y su bienestar desde un enfoque diferencial. Solo así se podrá alcanzar una verdadera igualdad de género.  Por lo cual, se sugiere:

  •  Entender la perspectiva de género desde una visión transversal que examine las implicaciones que tienen para las mujeres las políticas, programas, decisiones, y acciones adoptadas en el Sistema de Salud. Así como, diseñar las herramientas que permitan cubrir los intereses y necesidades de las mujeres en salud, para garantizar su pleno desarrollo y bienestar.
  • Adoptar medidas concretas que, desde el Sistema de Salud, permitan conjurar la carga desproporcionada de violencia y discriminación que afrontan las mujeres y la población LGBTIQ+, especialmente en zonas rurales.
  •  Incorporar y articular con el Sistema de Salud asuntos como la economía del cuidado, la informalidad laboral y la brecha salarial.
  •  Implementar indicadores en salud que incorporen los factores de enfermedad, mortalidad y condiciones de bienestar de las mujeres, sin que se limiten a asuntos relacionados con los derechos sexuales y reproductivos o la maternidad. 
  • El cambio social es necesario para alcanzar la equidad de género en salud. Es indispensable que el Sistema de Salud adopte los esfuerzos necesarios para que sus agentes contribuyan a materializar esa igualdad real. Por ejemplo, a partir de la educación sobre el valor de la igualdad, la eliminación de lenguaje o comportamientos sexistas basados en estereotipos y la promoción real de oportunidades y de salarios equitativos en el personal de salud.

Este tipo de medidas contribuirían a garantizar que en el diseño institucional del sistema de salud colombiano se consideren los intereses y necesidades de las mujeres y la población LGBTIQ+, especialmente aquellos factores que generan disparidades en su salud, promoviendo su pleno desarrollo y bienestar a partir de una atención integral y equitativa. Además, es necesario que el sistema de salud se convierta en un entorno seguro y equitativo para las mujeres y la población LGBTIQ+, que se traduzca en un espacio libre de cualquier forma de discriminación de género.

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